La Universidad de Buenos Aires, en cumplimiento con la Ley N° 27.275, garantiza el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y acredita la transparencia de su gestión. Además, informa periódicamente la ejecución presupuestaria y sus estados contables.
Universidad de Buenos Aires
La Universidad de Buenos Aires informa a la Subsecretaría de Políticas Universitarias, en carácter de rendición de cuentas, la totalidad de recursos que percibe y ejecuta.
Mensualmente la UBA remite a la Subsecretaría de Políticas Universitarias la nómina del personal de la Universidad, con la liquidación salarial detallada por concepto. Cabe destacar que el componente salarial representa en el orden del 85% / 90% de los presupuestos anuales que se ejecutan en la Universidad.
Adicionalmente, también con frecuencia mensual, la UBA remite la ejecución presupuestaria de la totalidad de sus gastos de funcionamiento que componen el 10% / 15% restante del presupuesto anual total. En ese sentido, se detalla la ejecución de los gastos de funcionamiento a máximo nivel de detalle utilizando los clasificadores del gasto establecidos en la Ley de Administración Financiera a saber: Fuente de financiamiento, Carácter Económico, Finalidad, Función y objeto del gasto entre otros.
Asimismo, la UBA remite a la Contaduría General de la Nación, dependiente del Ministerio de Economía, sus Estados Contables con todos los cuadros de cierre informativos correspondientes en dos ocasiones cada año: un cierre intermedio con fecha de corte 30/6 y un cierre anual con fecha de corte 31/12.
Ambos son consolidados por el Ministerio de Economía de la Nación e incluidos en la Cuenta de Inversión que es remitida para su rendición de cuentas al Honorable Congreso de la Nación.
Por otra parte, existen partidas específicas asignadas a las universidades que requieren, por su formato de asignación, el acompañamiento de documentación adicional (independientemente de que las mismas son incluidas en la rendición de cuentas mencionada en los párrafos anteriores). A tal efecto la Secretaría de Educación estableció la utilización de un sistema informático obsoleto que no se adapta de manera eficiente a la realidad de las Universidades, aspecto que se ha intercambiado en repetidas ocasiones con la Secretaría, especialmente cuando son incluidos en este apartado fondos cuya asignación debió haber sido establecida por la ley de presupuesto anual. Cabe destacar, en este sentido, que estos fondos representan en cada ejercicio anual un porcentaje menor de los fondos asignados y que son incluidos en las rendiciones explicitadas inicialmente y remitidas de manera mensual a la Subsecretaría de Políticas Universitarias.
La Universidad de Buenos Aires cumple con la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública, que tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.